viernes, 15 de febrero de 2013

¿MEDIACION O JUSTICIA?

El jueves pasado acudimos a una sesión de mediación interesante, tanto por el contenido como por los comentarios posteriores de los asistentes. Entre ellos surgió la discusión sobre si era necesaria o no la asistencia de los abogados o de los peritos de las partes en la mediación,  a los efectos de lograr un acuerdo justo para ambos participantes. En ese acto,  se encontraba presente un miembro de la Administración de Justicia de Murcia, quien afirmaba que sí era necesario puesto que,  de lo contrario,  se podía concluir un pacto perjudicial para una de las partes.
Entonces recordé que la Directiva 2008/52/CE, origen de la Ley de Mediación Civil y Mercantil en nuestro pais, afirma que el objetivo de la misma es facilitar el acceso a las modalidades alternativas de solución de conflictos y fomentar la resolución amistosa de litigios,  promoviendo el uso de la mediación y asegurando una relación equilibrada entre la mediación y el proceso judicial. Continúa afirmando la Directiva que el objetivo de asegurar un mejor acceso a la justicia debe abarcar tanto a los métodos judiciales como a los métodos extrajudiciales de resolución de conflictos. Por ello nos cuestionamos si la Mediación es una forma de acceder a la justicia o no,  puesto que aquélla no persigue la consecución de un acuerdo justo entre las partes, sino únicamente la solución querida por las partes. Un ejemplo que clarifica mucho este dilema es el siguiente: acaecido un accidente de tráfico en el que una persona resulta fallecida, ¿cuál es el acuerdo al que ha de llegarse entre los familiares del fallecido y el conductor del vehículo que ocasionó la muerte?. Muchos de los asistentes, en la mayoría abogados, especularon sobre la edad del finado, las cargas a las que hacía frente, los honorarios que percibía por el trabajo que desempeñaba...hasta que alguien sugirió que, tal vez, la esposa del fallecido únicamente encontraba aceptable el acuerdo en el que el homicida hiciera constar su pesar y pidiera perdón a los familiares. El silencio imperó en la sala. Este es el único objetivo de la Mediación, lograr el acuerdo querido por las partes, puesto que ese acuerdo es el acuerdo justo para ellas  y el único con el que se sentirán satisfechas.

Antonia Salinas Estañ
Delia Fernández-Delgado Reverte

martes, 5 de febrero de 2013

El pasado jueves, día 31 de enero, la sección española del Grupo Europeo de Magistrados para la Mediación, GEMMA, celebró una reunión en el salón de actos de la Ciudad de la Justicia en Murcia. El objetivo era crear un punto neutro de encuentro de profesionales jurídicos para el desarrollo de la mediación en el ámbito civil, comercial y mercantil en España.
A dicha cita  acudió el presidente y el vicepresidente de Gemma España, el  del TSJ de la Región de Murcia, los decanos de los Colegios de Abogados, Notarios y Procuradores, así como el director de la Escuela de Práctica Jurídica.
La asistencia de profesionales fue considerable y se crearon diferentes grupos de trabajo para la redacción de protocolos de derivación de mediaciones, para la difusión de la mediación en la sociedad, etc... Otras tantas reuniones habían tenido lugar en otras Comunidades Autónomas. Todo ello con la finalidad de poner en común toda la labor de estos grupos, reunidos en los distintos puntos de España, a finales del mes de septiembre de 2.013 en Madrid.
Al mismo tiempo, el Presidente del TSJ, Sr. Martínez Moya, dio a conocer la iniciativa de la Sala de Gobierno de dicho Tribunal, por la que se había aprobado un proyecto en esta materia, denominado "Mediación Intrajudicial". El mismo pretende que los jueces que tengan conocimiento de asuntos en los que sea posible llevar a cabo una mediación, derivarlo a los profesionales preparados para ello.
Este asunto ha suscitado muchos recelos entre los profesionales de la Mediación, dando lugar a comentarios del tipo: "los asuntos se los darán a los de siempre"...
Entendemos que para que la Mediación tenga éxito en España, es necesario que la demanda de la misma tenga lugar "extra judicialmente", puesto que,  llegados ante SSª, creemos que es difícil o imposible mediar. Pagado al abogado, al procurador, las tasas judiciales...las partes quieren una sentencia judicial, quieren "ganar", "vencer" a la otra parte.
Por ello, ha de desarrollarse una importantísima labor dirigida a dar a conocer este instrumento que el legislador nos ha dado,  para rebajar la litigiosidad, conflictividad y agresividad en la Sociedad.   
Por otra parte, si el TSJ desea que la Mediación Intrajudicial sea viable en Murcia, habrá de cuidar mucho la transparencia en el proceso de adjudicación de asuntos a cada uno de los mediadores,  puesto que, de lo contrario, la motivación de estos profesionales,  que les está llevando a formarse con gran ilusión para afrontar este reto,  caerá en el vacío. Lo que puede ser un desafío para muchos, puede devenir en  hastío, frustración y mera rutina para la gran mayoría.

Antonia Salinas Estañ y Delia Fernández-Delgado Reverte
MCM ENTIDAD DE MEDIACIÓN